martes, 14 de abril de 2020

Teletrabajo

Se entiende por Teletrabajo una forma flexible de organización del trabajo que consiste en el desempeño de la actividad profesional sin la presencia física del trabajador en la empresa durante una parte importante de su horario laboral.
Esto implica el uso de métodos de procesamiento electrónico de información, tanto hardware com osoftware así como el uso permanente de algún medio de telecomunicación para el contacto entre el teletrabajador y la empresa.
A esto se le añade que el trabajador debe reservar un espacio, cuya adquisición corre por su cuenta, para poder realizar la misma actividad en casa que en el trabajo. Ese espacio necesita un mantenimiento de calefacción, limpieza y sobre todo, aparece un apreciable consumo de energía eléctrica debido al uso de dispositivos electrónicos de procesamiento de la información y de telecomunicaciones para poder acceder a internet. Típicamente un ordenador, sistemas de almacenamiento de información y router con tarifa plana de acceso a internet.
Todas estas servidumbres deben de correr por parte de la empresa para la cual, se realizan estas actividades remuneradas desde casa.
Si la actividad se desarrolla en casa, se entiende que el consumo eléctrico del centro de trabajo se reduce porque 
  1. No hay consumo de luz por parte de un ordenador que ahora está consumiendo esa luz en casa del trabajador. 
  2. La refrigeración o calefacción del lugar de trabajo es menor al no disipar calor el ordenador del puesto de trabajo ni el propo trabajador en la empresa.
Por otro lado, el ordenador personal del trabajador se está dedicando a realizar tareas de la empresa y ese uso debe de ser cofinanciado por parte de la empresa o sufragado en su totalidad adquiriendo los equipos que se ponen a disposición del trabajador para la realización de sus funciones.

CoVid-19

Como consecuencia de la declaración de alarma y la decisión de cerrar las universidades pasando todo a formación a distancia, TODA LA DOCENCIA ha pasado a realizarse en formato virtual, empleando para ello el teletrabajo de manera forzada y dictatorial para todo el PDI.
Ha sido decretada sin derecho a protestar, estuviera o no capacitado el profesorado para ello, hubiera recibido o no formación. Se ha asumido que todo el profesorado estaba cualificado y si no, puede cualificarse a si mismo sometiéndose a formación autodidacta que le autocapacite. El esfuerzo ha sido titánico y sobrevenido.
Pocas universidades españolas han tenido la visión de facilitar o al menos regular el teletrabajo en sus centros. Honrosas excepciones son la universidad de Zaragoza desde 2012,  Pais Vasco desde 2014, la UNED y poquitas más.
De acuerdo con ello, la universidad se ha comportado como el peor de los empresarios posibles, salvo honrosas excepciones:
  1. No ha tenido una visión estratégica que la posicionara en teleformación y teletrabajo. Muchas universidades no cuentan en absoluto con ningún plan de teletrabajo, siendo obligatoria la presencialidad para todos sus empleados.
  2. No se han establecido planes de contingencia para casos como catástrofes naturales o epidemias más allá de réplicas de datos en lugares remotos.
  3. No se ha formado a todo el personal de manera obligatoria ni se le ha reducido su carga docente o administrativa para hacer hueco en la apretada jornada laboral al esfuerzo formativo.
  4. No se ha ido fomentando en estos años pasados la paulatina deslocalización del personal para que algún día a la semana o al mes pudiera trabajar en casa aunque fuera empleando como coartada la famosa conciliación familiar.
  5. No se ha dotado a sus empleados de material informático para que pueda realizar sus funciones desde casa o al menos, no se ha compartido ni subvencionado al empleado por el hecho de poner sus equipos personales en casa a disposición de la empresa.
  6. No se ha corrido con el gasto de pagar total o parcialmente la línea de datos que está a cargo del trabajador y que este debe de poner al servicio de la empresa.
  7. Tampoco se ha gratificado al trabajador por el gasto de alquiler o adquisición del lugar de trabajo en casa.
  8. Tampoco se le paga la luz de la calefacción o refrigeración del local en el que realiza su actividad profesional.
Pero luego, bien que sabe ponerse sus medallas a coste cero.

 

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